jueves, 2 de octubre de 2008

Con la Iglesia hemos topado, sí, pero no sólo con ella

No voy a comenzar con la obviedad de decir que acato una sentencia judicial, no me queda otra, mal que bien como a cualquiera. Tampoco con que no por acatarla no pueda discrepar de ella, eso no es menos obvio que lo anterior. Sin embargo quiero, lo considero una obligación moral, comentar la sentencia del Tribunal Supremo que exime a la Iglesia de anotar las declaraciones de apostasía en los libros de bautismo. Es evidente que parte de la argumentación, por más que sea impecablemente correcta desde un punto de vista jurídico (así se le supone), roza el surrealismo, es decir, los libros de bautismo no son un fichero, asegura el alto tribunal, porque como no está ordenado alfabéticamente ni por fecha de nacimiento, el acceso a los datos es complicado. Dejando de lado el hecho de que no se conoce el caso de que la jerarquía eclesiástica haya querido localizar un registro y no haya podido, a fin de cuentas esta ordenada por la fecha de bautismo que viene siendo el dato más razonable para hacerlo teniendo en cuenta que se trata de bautismos, es sorprendente que el Supremo decida premiar a alguien por su torpeza, es decir, puesto que el archivo está mal organizado no es un arcivo, sino una simple "acumulación de datos", por tanto no existe la obligación de respetar la legislación en materia de protección de datos de obligado cumplimiento para los demás. A partir de este precedente se abre un nuevo periodo en el tratamiento de datos personales de ciudadanos en nuestro país: almacénense de forma chapucera, diséñese negligentemente la base de datos y así se verá usted libre de respetar la ley.
Claro que esto nos pasa por pedir tonterías, anotaciones marginales y no la eliminación de nuestros datos, como sería lógico. Yo no tengo el menos interes en que la Iglesia sepa si soy apóstata o no, eso es asunto mío, lo que quiero es que no tengan ningún dato mío que no les autorice a tener. Al final habríamos topado igualmente con la Iglesia, pero al menos nos negarían lo que queremos, no un paño caliente.
Al menos hay que reconocer que este argumento del TS es más tranquilizador que el que pretendía aplicar el arzobispado de Valencia, que en virtud de los acuerdos con el vaticano, que tienen rango de tratado internacional, en esta materia "no cabe acudir al derecho interno español, incluida la propia Constitución", algo absolutamente delirante que difícilmente se podría aceptar.
En fin, el criterio del Tribunal Supremo ha resultado ser diferente del de la Audiencia Nacional y del de la Agencia Española de Protección de Datos. Curioso, pero unas veces se gana y otras se pierde, no pasa nada, nos podemos permitir el lujo de ser deportivos en una batalla, la del laicismo, que tarde o temprano ganaremos sí o sí, no existe otra opción razonable.
Para acabar con este tema, no me resisto a comentar una de las más extrañas argumentaciones con las que he tenido el gusto de asombrarme últimamente. Dice el periodista del diario El Mundo que cubre la noticia que puesto que la mayoría de los jueces del Supremo son progresistas, cabe suponer que el fundamento de la sentencia es eminentemente de tipo técnico. Analicemos la frase: en primer lugar es preocupante la visión del periodista sobre el funcionamiento de la justicia, aunque probablemente acertada para nuestra desgracia, según la cual las sentencias se emiten según la ideología de los jueces más que por los hechos juzgados. En segundo lugar, ¿la mayoría del Supremo es Progresista? Me va a perdonar el reportero pero en todo caso se puede decir que la mayoría del Alto Tribunal es afín al PSOE, lo cual no significa ser progresista por no hablar ya de ser de izquierdas, y ese es sin duda el partido que con más laxitud ha interpretado siempre el mandato de aconfesionalidad de la Constitución Española, y siempre con extrema generosidad hacia la Iglesia Católica. Bien mirado, dicho así ya sorprende menos la sentencia: el periodista puede que haya acertado después de todo, aunque por razones equivocadas.
Un apunte más sobre la Justicia para finalizar: parece ser que por un error del juez Garzón han quedado en libertad dos presuntos narcotraficantes turcos y que el caso, como es obvio, va a ser investigado por los responsables del Consejo General del Poder Judicial. Teniendo en cuenta el precedente de la sanción al Juez Tirado por el caso Mariluz, ¿que sanción le puede caer al juez Garzón? Veamos, los narcotraficantes sólo lo eran presuntamente, es decir, inocentes hasta que se demostrara lo contrario y habían declarado su disponbilidad a colaborar con la justicia mientras que el asesino de Mariluz estaba condenado en firme, esto es, culpable con mayúsculas y jamás colaboró en lo más mínimo. Además, no se conoce que desde su liberación los narcos hayan quebrantado nuevamente la ley mientras que Santiago del Valle mató a una niña gracias al error del magistrado. El juez Tirado recibió una sanción de 1.500€, siguiendo ese baremo, ¿le caerán a Garzón más de, pongamos, 15€?, ¿una invitación a unas cañas a los vocales del Consejo?, ¿le tirarán de las orejas?, ¿acaso cada vez que se crucen con el en el ascensor le dirán, parafraseando a Gila, "alguien ha dejado a alguien en libertad"? Ocurra lo que ocurra, nada borrará el oprobio que sobre el Poder Judicial cayó a causa del caso Mariluz, y si lo intentan borrar ya estamos los ciudadanos para recordarlo cada vez que sea pertienente, como ahora.

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