domingo, 23 de noviembre de 2008

Manuel Cobo, los 250 km/h y la "doctrina Triado"

Me dejé en el tintero esta semana una frase de Manuel Cobo, el segundo del alcalde Gallardón, quien preguntado sobre la posible responsabilidad de la administración en la desgraciada muerte de un joven a manos de los porteros de una discoteca (que funcionaba mediante concesión en un terreno de titularidad municipal) sobre la que pesaban 47 denuncias y 5 peticiones de cierre, dejó dicho «Si un conductor va a 250 kilómetros por hora y, sin haber pasado la ITV, atropella y mata a una persona ¿tendría algo que ver el que hubiera pasado la inspección?»
Nada es gratis, este argumento no es más que la lógica consecuencia de la doctrina Tirado según la cual no existe relación entre los actos y sus consecuencias indirectas, porque a fin de cuentas, si vale para un juez, ¿porqué no habría de valer para una administración?
Aunque para que la comparación fuese correcta habría que añadir a un conductor sin carné denunciado reiteradamente por ello, puesto que la discoteca funcionaba sin licencia, la respuesta a la pregunta del señor Cobo es sí, si un coche no pasa la ITV, debería ser inmovilizado de forma que no pudiera circular a 250 kilómetros por hora, ni a 30 si nos ponemos, de forma que difícilmente podría atropellar a nadie, de la misma forma que la discoteca debería haber estado cerrada si el Ayuntamiento de Madrid hubiera cumplido con su obligación conforme a los mínimos estándares exigibles de eficacia en la gestión, lo cual, obviamente, no indica culpabilidad, pero si responsabilidad (no digo que personal, pero sí institucional), y tratar de escurrir el bulto de esa manera en un asunto de naturaleza tan dolorosa, además de triste es francamente poco elegante.

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