viernes, 26 de febrero de 2010

Coronas y cruces

En un notable ejercicio sofista la Conferencia Episcopal española ha anunciado, diatriba mediante, la exclusión del sacramento de la eucaristía de todos los diputados que hayan votado a favor de la aprobación de la ley del aborto, algo que tiene la iglesia perfecto derecho a hacer y es coherente con sus ideas y su tradición, a qué negarlo, pero excluye de la excomunión al Rey, que es quien la sanciona, algo incoherente pero que también está en consonancia con sus tradiciones, tampoco esto puede negarse. Pero para explicar la diferencia recurre al artefacto intelectual, por no decir aporía, siguiente: el voto de los diputados es una situación general mientras que la actuación del rey es única, particular. No es cierto en primer lugar porque el voto de los diputados es particular e intransferible, aunque su escaso sentido democrático les lleve a sacrificarlo como norma en el altar de la disciplina de voto, ese cáncer de la democracia, pero sobre todo no es cierto porque el acto del rey de sancionar las leyes no es un trámite administrativo independiente del contenido de la ley y sobre todo porque si la considera incompatible con sus convicciones siempre puede negarse y abdicar como así lo hizo en su misma situación el rey Balduino I de Bélgica en 1990, aunque eso sí, sólo durase dos días. En este caso la unicidad esgrimida por monseñor Martínez Camino para exonerar al rey de los efectos de  la excomunión no sólo no es un atenuante sino que en buena lógica debiera ser considerado agravante.
En pleno siglo XXI, desconozco si por cuestión de imagen o de mercado, la Iglesia ya no vende bulas a los poderosos, se ve que prefiere regalárselas no vaya a ser que alguno de ellos les recuerde que para exigir integridad moral es necesario practicarla primero.

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